Gastos del registro de la propiedad
Las tarifas establecidas para registrar una vivienda pueden variar, ya que se establecen en base a lo aprobado por el Gobierno, y publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Las tarifas del registro dependen del valor que se le otorgue a vivienda en las escrituras, es decir, de su valor registrar. En función de este valor el Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad, fija el máximo que se puede cobrar. Los gastos registrales tendrán un coste aproximado de 600 a 1.000 euros dependiendo del valor de la finca o derecho, de la siguiente manera:
Por un valor igual o menor a 6.010,12 euros se pagará 24,04 euros.
Por el exceso del valor que oscile entre 6.010,13 y 30.050,61 euros se pagará 1,75 por cada 1.000.
Por el exceso del valor que oscile entre 30.050,62y 60.101,21 euros pagará 1,25 por cada 1.000.
Por el exceso del valor que oscile entre 60.101,22y 150.253,03 euros pagará 0,75 por cada 1.000.
Por el exceso del valor que oscile entre 150.253,04 y 601.012,10 euros pagará 0,30 por cada 1.000.
Por el valor que exceda de 601.012,10 euros pagará 0,20 por cada 1.000.
En cualquier caso, el precio del registro nunca será inferior a 24,04€ ni superior a 2.181,67€.
El registro de la propiedad sirve para proteger al titular y es imprescindible para la posterior venta del inmueble. Las copias simples de este registro se usan constantemente antes de comprar casa para comprobar si quien vende es el verdadero propietario. Si no has realizado el cambio de registro es posible que el comprador se eche atrás o exija documentación adicional.
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